La palabra
faciendo proviene del latín, del verbo facio (feci factum),
que significa hacer. La expresión viene a significar de forma un poco libre
"obligación de hacer algo", se impondría
a una persona respecto a la cosa.
Se mencionan como supuestos de derechos reales in faciendo las servidumbres positivas, a los censos modernamente, al
aprovechamiento urbanístico inscrito en el Registro de la propiedad separado del
suelo, que puede incluso ser objeto de hipoteca. Por
derechos reales in faciendo, se entienden aquellos en que los terceros se
encuentran obligados no sólo a tolerar, sino a un hacer a favor del titular del
derecho. El concepto de derechos reales in faciendo es plenamente aplicable en
nuestro derecho, al menos enel caso del derecho real de servidumbre voluntaria,
pues el dueño del predio sirviente pudiera, hipotéticamente, estar obligado a
un hacer, si a eso se obligara en el negocio constitutivo (v. gr. arreglar y mantener
un buen estado las condiciones del camino establecido)